Residencias por Circunstancias Excepcionales: Regularización y Novedades Clave a partir de 2025

La residencia por circunstancias excepcionales es una vía crucial para regularizar la situación de las personas extranjeras en España sin necesidad de regresar a su país de origen para solicitar un visado. Regulada por el artículo 124 del Reglamento de Extranjería, incluye opciones como arraigo laboral, social, familiar, por formación, razones de protección internacional, humanitarias y colaboración con autoridades.

A partir de mayo de 2025, el nuevo Reglamento introduce mejoras significativas en los procesos y condiciones, lo que convierte esta categoría en un pilar esencial de la política migratoria española.

Aspectos Generales

  • Solicitud desde España: Se realiza en las Oficinas de Extranjería, sin visado previo.

  • Requisitos básicos:

    • Pasaporte con al menos 4 meses de vigencia.

    • Certificado negativo de antecedentes penales.

    • Documentación que acredite la situación excepcional.

  • Plazo de subsanación: Un mes para corregir errores o completar documentación.

  • Permiso de trabajo: Todas las residencias por arraigo permiten trabajar, salvo para menores en arraigo familiar y solicitudes basadas exclusivamente en medios económicos.

Tipos de Residencias por Circunstancias Excepcionales

1. Arraigo Laboral

  • Requisitos:

    • Residencia continuada de 2 años.

    • Relación laboral de al menos 6 meses (30 horas semanales por cuenta ajena o 15 horas semanales por cuenta propia en 12 meses).

    • Estar en situación irregular.

  • ¡NOVEDAD! 2025: Mayor flexibilidad en la acreditación de la relación laboral, permitiendo documentos complementarios digitales y simplificando la validación.

2. Arraigo Social

  • Requisitos:

    • Residencia continua de 2 añosNOVEDAD! 2025: Reducción del requisito de 3 a 2 años).

    • Contrato laboral que garantice el SMI o acreditación de medios económicos.

    • Informe de arraigo social emitido por la Comunidad Autónoma o Corporación Local.

  • Flexibilidad para vínculos familiares: Se amplían los supuestos de parentesco reconocidos.

3. Arraigo Familiar

  • Casos contemplados:

    • Padres de menores españoles o personas con discapacidad a su cargo.

    • Cónyuges, parejas de hecho, ascendientes mayores de 65 años o descendientes menores de 21 años de ciudadanos españoles.

    • Hijos de padres españoles de origen.

  • Duración: 5 años, con autorización para trabajar por cuenta ajena y propia.

4. Arraigo por Formación

  • Requisitos:

    • Residencia continuada de 2 años.

    • Matrícula en formación reglada dentro de los 3 meses posteriores a la concesión.

  • ¡NOVEDAD! 2025:

    • Ampliación de programas formativos reconocidos.

    • Simplificación del acceso a residencias y trabajo al finalizar la formación.

Protección Internacional

  • Otorgada a refugiados y personas con derecho a protección subsidiaria bajo la Ley de Asilo.

  • Duración: Residencia inicial de 5 años.

  • Excepcionalmente, puede otorgarse residencia temporal de 1 año a quienes no cumplan los requisitos de protección internacional.

Residencia por Razones Humanitarias

  • Casos incluidos:

    • Víctimas de trata, discriminación o violencia doméstica.

    • Enfermedades graves sin tratamiento viable en el país de origen.

    • Riesgo de seguridad al regresar al país de origen.

  • ¡NOVEDAD! 2025: Priorización de solicitudes humanitarias mediante tramitación acelerada.

Colaboración con Autoridades, Seguridad Nacional o Interés Público

  • Otorgada a quienes colaboran con autoridades o cumplen funciones de interés público.

  • La autorización permite trabajar por cuenta propia o ajena.

  • ¡NOVEDAD! 2025: Procedimientos más claros para solicitudes presentadas de oficio por autoridades laborales.

Renovaciones y Modificaciones

  • Renovación: 60 días antes o 90 días después de la caducidad.

  • Modificaciones:

    • Pasar de residencia por circunstancias excepcionales a residencia y trabajo.

    • Acceso más ágil a permisos de trabajo tras completar formación.

Resumiendo: las residencias por circunstancias excepcionales son una herramienta clave para la integración de personas extranjeras en España. A partir de 2025, ¡NOVEDADES como la digitalización, la flexibilidad en requisitos y la reducción de tiempos de espera harán estos procesos más accesibles y efectivos, beneficiando tanto a las personas solicitantes como al mercado laboral y social español.

RESIDENCIAS POR CIRCUNSTANCIAS EXCEPCIONALES.