APATRIDIA.

No vamos a extendernos mucho en la apatridia, porque la casuística es muy escasa. Se trata de la situación de carecer de nacionalidad reconocida por ningún Estado, se asocia a menudo con problemas de refugiados. ACNUR supervisa y protege a los apátridas a nivel global, siendo aproximadamente 10 millones en el mundo. A pesar de más de 80,000 naturalizaciones anuales, la apatridia persiste, afectando a grupos étnicos, religiosos y regionales. La Convención de 1954 define al apátrida y sus causas, incluyendo cambios territoriales, privación arbitraria, renuncia individual y discriminación. Los apátridas enfrentan limitaciones significativas en derechos básicos y su situación puede resultar en desplazamiento forzoso.

En España, entre 2018 y 2023, se reconoció el estatuto de apatridia a 5,345 saharauis. Aunque el Tribunal Supremo español reconoció previamente el estatuto de apátrida para saharauis, esta jurisprudencia fue revisada en 2020. No obstante, el Código Civil español considera españoles de origen a quienes nacen en España de padres extranjeros sin nacionalidad atribuida, evitando así situaciones de apatridia.

En cuanto a la regulación en España, las normas básicas incluyen la Convención de 1954, el Real Decreto 865/2001 que aprueba el Reglamento del estatuto de apátrida, y la Ley 12/2009 que regula el derecho de asilo y la protección subsidiaria.