PÉRDIDA Y RECUPERACION DE LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA

La pérdida de la nacionalidad española está regulada en el Código Civil español, y se puede dar en ciertas circunstancias. Algunos de los casos más comunes incluyen : renuncia voluntaria: una persona puede perder la nacionalidad española al renunciar voluntariamente, siguiendo el procedimiento legal establecido. Adquisición de Otra Nacionalidad: Si un ciudadano español adquiere voluntariamente otra nacionalidad, puede perder la española, a menos que se trate de una nacionalidad iberoamericana, andorrana, filipina, guineana, o portuguesa. Renuncia por Matrimonio: Antes de la entrada en vigor de la Constitución de 1978, las mujeres españolas podían perder su nacionalidad al casarse con extranjeros, pero esta situación se ha corregido con leyes posteriores. Servicio en Fuerzas Armadas Extranjeras: La participación voluntaria en fuerzas armadas extranjeras en conflictos contra España sin autorización puede llevar a la pérdida de la nacionalidad. Conducta Contraria al Interés Español: La adopción de comportamientos contrarios a los intereses españoles puede ser motivo de pérdida de la nacionalidad.

En cuanto a la recuperación de la nacionalidad española, sin necesidad de renunciar a la nacionalidad anterior (novedad desde 1995) se puede recuperar la nacionalidad española QUE SE PERDIÓ si se cumplen los siguientes requisitos: Residir legalmente en España, declarar ante el encargado del R. CIVIL su voluntad de recuperarla, inscribir esa recuperación y se necesita una previa habilitación por parte del Gobierno cuando se sea uno español de origen entre otros motivos.