RESIDENCIA TEMPORAL Y
TRABAJO POR CUENTA AJENA.
Autorización
Esta autorización de residencia puede solicitarla la persona extranjera mayor de 16 años autorizada a permanecer en España por un periodo superior a noventa días e inferior a cinco años y a ejercer una actividad laboral por cuenta ajena.
La solicitud es presentada personalmente por el empresario o empleador demostrando así su verdadero interés por dicha contratación. Cumpliendo determinados requisitos se admite también la presentación por el representante legal de la empresa.
Son requisitos para la concesión:
Que se abone tasas correspondientes a la tramitación de la autorización de residencia y de trabajo para iniciar el expediente, independientemente de que la resolución sea favorable o desfavorable.
Que lo permita la Situación Nacional de Empleo (DEBE APARECER POR LO TANTO EN EL CATALOGO DE OCUPACIONES DE DIFICIL COBERTURA)
Que se ofrezca al trabajador un contrato de trabajo como mínimo de un año de duración que cumpla normativa laboral y tenga una retribución igual o superior al SMI.
Que el empresario no tenga deudas en Seguridad Social ni en Hacienda y tenga me-dios económicos suficientes para pagar los salarios y costes sociales .
Que el trabajador tenga la titulación que se requiera legalmente para el ejercicio de la profesión debidamente homologada en su caso.
El plazo de tramitación hasta la resolución es de tres meses. Si no contestan, se entiende que el sentido del silencio es negativo. En caso de que la resolución sea favorable a la solicitud, queda en suspenso la resolución hasta la expedición del visado que debe solicitarse en el plazo de un mes. Una vez concedido dicho visado, la persona extranjera tiene un mes para recogerlo y tres meses desde que entra en España para darse de alta en Seguridad Social. Además, de-be solicitar la TIE en el plazo de un mes desde el alta. Si una vez llegada a España la persona extranjera se encuentra que ha fallecido el empresario o ha desaparecido la personalidad de la empresa o que al empresario sobrevenidamente le sea imposible la contratación, el RD 557/2011 prevé los procedimientos para que el trabajador pueda aportar otro contrato. Suele ser muy lenta y no da una respuesta real a las necesidades del mercado laboral español. Eso ha provocado que en la práctica el régimen general de extranjería funcione por cauces alter-nativos muy vinculados a la economía sumergida, de forma que la mayoría de los extranjeros acceden a la residencia legal tras tres años de estancia irregular en nuestro país a través del arraigo social, que permite obtener un año de residencia legal por circunstancias excepcionales, pasando luego a una autorización de residencia y trabajo en la primera renovación de su residencia. En la actualidad además tenemos el arraigo por formación, cuyo tiempo de permanencia en España se reduce a 2 años. Lo puedes ver en el apartado específico de arraigo laboral.
Estancia a la autorización de residencia y trabajo
Según el art. 199 del Reglamento (reformado en 2022), los extranjeros en España con estancia podrán acceder a residencia y trabajo sin visado. El empleador debe presentar la solicitud, cumplir requisitos laborales y superar estudios o formación. La eficacia de la autorización depende del alta en la Seguridad Social en un mes desde su concesión. La autorización para familiares está vinculada a la principal.
El extranjero puede solicitar residencia para familiares en situación de estancia previstos en el artículo 41, siempre que acredite suficiencia económica y disponibilidad de vivienda. En este caso, la autorización será de residencia por reagrupación familiar. Este régimen también aplica a autorizaciones por cuenta propia, con excepción de trabajo, para investigación, o para profesionales altamente cualificados.
La solicitud de autorización debe hacerse durante los sesenta días previos o los noventa posteriores a la vigencia de la autorización de estancia principal. La solicitud prorroga la vigencia de la autorización de estancia hasta que se resuelva. La autorización concedida es inicial y, en un mes, el titular debe solicitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero en la Oficina de Extranjería o Comisaría de Policía correspondientes.
Renovación de las autorizaciones de residencia y trabajo por cuenta ajena
Es esencial seguir las reglas para renovar las autorizaciones de residencia y trabajo por cuenta ajena y evitar irregularidades. Se puede solicitar la renovación 60 días antes o hasta 90 días después de la caducidad, con riesgo de multa en este último caso. Tras renovar la inicial por un año, se concede una nueva por cuatro años sin limitaciones geográficas o de actividad.
La renovación se realiza en varios casos, incluyendo continuar con el mismo contrato, coti-zar de forma ininterrumpida o cumplir requisitos específicos. Se evalúa la escolarización de menores, la carencia de antecedentes penales y deudas en Seguridad Social o Hacienda. Ciertas causas de denegación dependen del empleador, lo que puede ser injusto para el trabajador. En casos específicos, se puede compensar la falta de requisitos con un "informe positivo de esfuerzo de integración". La resolución debe emitirse en tres meses, y tras una respuesta positiva, el solicitante tiene un mes para solicitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE).
Residencia temporal y trabajo de mujeres extranjeras víctimas de violencia de género o de violencias sexuales
La disposición final sexta modifica la Ley Orgánica 10/2022 de garantía integral de la libertad sexual, en específico, el artículo 31 bis de la Ley Orgánica 4/2000 sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social. Esta modificación busca evitar la apertura de expedientes administrativos sancionadores a mujeres extranjeras víctimas de violencias sexuales que denuncien su situación, similar al tratamiento de las víctimas de violencia de género. El artículo 31 bis garantiza a estas mujeres, independientemente de su situación administrativa, los derechos reconocidos en la Ley Orgánica 1/2004 contra la Violencia de Género y la Ley Orgánica de garantía integral de la libertad sexual, así como medidas de protección y seguridad establecidas por la legislación vigente.
En caso de que la denuncia revele una situación irregular de la mujer extranjera, no se iniciará un expediente sancionador por infracción del artículo 53.1.a). También, se suspenderá cualquier expediente sancionador previamente iniciado antes de la denuncia o ejecución de órdenes de expulsión o devolución. La mujer extranjera en esta situación puede solicitar una autorización de residencia y trabajo por circunstancias excepcionales desde que se dicte una orden de protección o, en su defecto, un informe del Ministerio Fiscal indique indicios de violencia de género o sexual. Esta autorización se resolverá al concluir el procedimiento penal.
La mujer extranjera puede solicitar autorizaciones para sus hijos menores o con discapacidad durante el proceso penal. La autoridad competente puede otorgar autorizaciones provisionales que finalizarán cuando se concedan o denieguen definitivamente las autorizaciones por circunstancias excepcionales. En caso de una sentencia condenatoria o resolución judicial que evidencie la violencia de género o sexual, se notificará la concesión de las autorizaciones solicitadas. En ausencia de solicitud, se informará a la interesada sobre la posibilidad de solicitar-las. Si el procedimiento penal no permite deducir la situación de violencia, se iniciará el expediente sancionador o se continuará si se suspendió inicialmente..
Residencia temporal y trabajo por cuenta propia
La autorización para empresarios extranjeros mayores de 18 años que ejercen una actividad por cuenta propia se solicita en el país de origen o mediante modificación de otra autorización. Además de los requisitos generales de las residencias temporales, se debe cumplir con:
a) Tener las autorizaciones o licencias requeridas para la actividad proyectada, con documentación que indique el estado de los trámites.
b) Contar con la cualificación profesional o colegiación necesaria.
c) Presentar el proyecto de establecimiento o actividad, con detalles sobre inversión, rentabilidad esperada y, si aplica, puestos de trabajo previstos, respaldado por documentación financiera suficiente.
d) Disponer de recursos económicos para manutención y alojamiento, evaluados considerando los necesarios para mantener la actividad.
e) Las autorizaciones por cuenta propia son limitadas a un ámbito autonómico y a una sola actividad, renovándose al demostrar continuidad en la actividad, protección por cese de actividad u otros requisitos.
f) Los extranjeros que realicen actividades lucrativas por cuenta propia y ajena deben obtener autorizaciones de trabajo por separado, siguiendo los requisitos generales del Reglamento (art. 201.1 tras la reforma de 2022).
6. Otras fórmulas de residencia y trabajo temporal
A destacar: Estas autorizaciones buscan facilitar la residencia y el trabajo temporal en Es-paña para investigadores y profesionales altamente cualificados, estableciendo requisitos y procedimientos específicos para cada categoría.
1. Autorización de Residencia y Trabajo para Investigación:
Concede residencia y trabajo en el marco de un convenio de investigación.
Plazos cortos de tramitación.
Renovable anualmente hasta obtener residencia de larga duración.
2. Residencia y Trabajo para Profesionales Altamente Cualificados:
Contratación de extranjeros titulados superiores o con experiencia.
Requisitos salariales específicos.
Renovación bianual.
Movilidad facilitada en la UE.
3. Tipología de Autorización para Profesionales Altamente Cualificados:
Modalidad con Tarjeta Azul-UE: Para actividades que requieren cualificación de al menos tres años de estudios o experiencia equivalente.
Requisitos incluyen poseer la cualificación, contrato de trabajo, y salario mínimo.
Renovación condicionada a requisitos específicos.
4. Especialidades y Procedimientos:
Reglas específicas para familiares.
Condiciones para solicitantes beneficiarios de protección internacional.
Respuestas a solicitudes de confirmación entre Estados miembros.
5. Autorización de Residencia Nacional para Profesionales Altamente Cualificados:
Para actividades que requieren titulación o experiencia equivalente al nivel 1 del Marco Español de Cualificaciones.
Procedimiento de solicitud por la empresa o el profesional.
Validez de tres años, renovable por dos años.
Residencia temporal y trabajo por cuenta ajena de duración determinada. Es una contratación temporal de trabajadores extranjeros para las actividades de:
- De temporada o campaña (máximo 9 meses en un período de 12),
-De obra o servicio (máximo 12 meses, prorrogable excepcionalmente por causas sobrevenidas y si lo permite la normativa laboral) para:
* El montaje de plantas industriales o eléctricas.
* La construcción de infraestructuras, edificaciones o redes de suministro eléctrico, telefónico, de gas o de ferrocarriles.
* La instalación y mantenimiento de equipos productivos, así como su pues-ta en marcha y reparaciones.
-De carácter temporal realizadas por personal de alta dirección, deportistas profesionales, artistas, así como otros colectivos que se determinen por el go-bierno.
-De formación y realización de prácticas profesionales.
Como obligaciones específicas del empresario en este tipo de residencia figuran: poner a disposición del interesado un alojamiento adecuado, salvo excepciones, y organizar los viajes de ida y vuelta costeando como mínimo el primero.
Por su parte, el trabajador tiene que firmar un compromiso de retorno, y si no retorna podrá denegársele autorización para trabajar durante tres años.
Residencia temporal y trabajo en el marco de prestaciones transnacionales de servicios. Es la autorización que obtendrá el trabajador extranjero que trabaja con un contrato para una empresa extranjera no comunitaria y viene a España a través de ese contrato para: a) Prestar servicios a alguien que está establecido en España, b) venir a un centro de trabajo de esa empresa en España; y c) tratarse de una persona altamente cualificada que viene a España como asesor para empresas que están en España y van a realizar obras y servicios fuera de la Unión Europea.
Residencia temporal con excepción de la autorización de trabajo. Algunas personas, debido a circunstancias especiales, no requerirán la autorización de trabajo y podrán trabajar con una excepción. Estas excepciones incluyen técnicos, investigadores, científicos invitados, profesores de instituciones culturales, funcionarios extranjeros en acuerdos de cooperación con España, corresponsales de medios, miembros de misiones, artistas, ministros religiosos, líderes sindicales y empresariales, y menores tutelados en edad laboral por servicios de protección de menores.
Residencia temporal del extranjero que ha retornado voluntariamente a su país.
Residencia temporal para quienes retornan voluntariamente. Aplicable a extranjeros con autorización en España que opten por un programa de retorno financiado por una Administración o vuelvan por sus medios, comprometiéndose a no regresar durante tres años (revisable). Beneficios incluyen:
• Exención de la situación nacional de empleo si regresan después del plazo establecido en un programa.
• Posibilidad de recibir ofertas nominativas con preferencia en contrataciones en origen.
• El tiempo de residencia temporal previo cuenta para la residencia de larga duración.
• Tramitación preferente con resolución en 45 días.
7. Residencia de menores bajo tutela de la Comunidad Autónoma: el caso de Andalucía.
En el ámbito de la tutela de menores en Andalucía, la Ley 4/2021 garantiza la adaptación educativa y lingüística para menores extranjeros bajo la tutela de la Junta. Para niños migrantes no acompañados, se asegura su protección, derechos como menores, e integración social plena. Estos menores tienen acceso a servicios autonómicos, independientemente del estado de tramitación de su residencia o asilo. Además, se establece colaboración entre la Junta de Andalucía y la Administración General del Estado para autorizar desplazamientos temporales de menores extranjeros. El régimen incluye medidas para garantizar la tramitación de autorizaciones de residencia y nacionalidad. La Disposición adicional tercera regula la colaboración intergubernamental, mientras que el artículo 141 establece infracciones graves relacionadas con la adopción y protección de menores.
8. Autorización de entrada, residencia y trabajo en España, de extranjeros en cuya actividad profesional concurran razones de interés económico, social o laboral, o cuyo objeto sea la realización de trabajos de investigación o desarrollo o docentes, que requieran alta cualificación, o de actuaciones artísticas de especial interés cultural.
La autorización de entrada, residencia y trabajo en España para extranjeros con razones de interés económico, social, o laboral se rige por el art. 61 del Reglamento (reforma 2022). Esta sección se aplica a inversores, emprendedores, profesionales altamente cualificados, investiga-dores, trabajadores intraempresariales, y teletrabajadores internacionales, excluyendo a ciudadanos de la Unión Europea. Se establece un procedimiento privilegiado para grandes empresas y sectores estratégicos. Los extranjeros pueden obtener esta autorización en distintos escenarios, como personal directivo de grandes empresas, PYMES en sectores específicos, proyectos empresariales de interés público, profesores, científicos, y artistas de prestigio internacional. La situación nacional de empleo no se aplica en estos casos. El plazo de resolución es de un mes, y se revocarán si hay amenaza para el orden público o seguridad. Los requisitos generales y de visados incluyen antecedentes penales, seguro médico, recursos económicos y pago de tasas. Las solicitudes de familiares se resuelven simultáneamente si se presentan junto con la del titular.
Residencia para emprendedores
Extranjeros emprendedores en España pueden obtener una autorización de residencia para actividad empresarial, válida en todo el país por tres años, renovable por dos años con opción a residencia permanente en cinco años. Se considera emprendedora una actividad innovadora o de especial interés económico, respaldada por un informe favorable de ENISA. La solicitud, dirigida a la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos, requiere evaluación del perfil profesional, plan de negocio, y elementos que aporten valor a la economía española. Si el solicitante está fuera de España, solicitará el visado una vez obtenga la autorización. La solicitud se presenta electrónicamente ante la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos, o simultáneamente con el visado si el solicitante está fuera del país..